ABANDONO DE HOGAR, DELITO DE.
El hecho de que el acusado no haya suministrado a la querellante alimentos, no le es imputable jurídicamente si la que se dice abandonada, después de impedir la entrada al hogar, se refugió con sus padres donde tiene casa y sustento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297477-e0f06fb4/abandono-de-hogar-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7981/48. Barretero Muro Sebastián. 24 de octubre de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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