CONFESION CALIFICADA DEL REO (AUTO DE FORMAL PRISION).
No sin razón fue considerada antaño la confesión, como la reina de las pruebas, si se atiende a que la confesión consiste, por parte de aquél contra el cual se alega un hecho, en reconocer la exactitud del mismo; pero si niega la exactitud del hecho o si se ha producido de otro modo, la inversa no se debe tomar menos en consideración y constituye una declaración que puede tener su valor, aun no entrañando confesión; máxime, si contiene un elemento que debe tomarse en cuenta aun no conteniendo tal cargo contra su autor. Esta confesión, es, por su modalidad, la confesión calificada y está fundada en la mejor doctrina y en la jurisprudencia, ya que el testimonio del imputado, que es testigo en su propia causa es, de acuerdo con la teoría general del proceso, el más connotado de los sujetos procesales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298148-698aff14/confesion-calificada-del-reo-auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONFESION CALIFICADA DEL REO. (s/clave)
- CONFESION DEL REO. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA DEL REO. (s/clave)
- CONFESION DEL REO. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA DEL REO. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA DEL REO, APRECIACION DE LA, EN EL AUTO DE FORMAL PRISION (LEGITIMA DEFENSA). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis