CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS, DELITO DE.
Desde el momento que el cheque había sido negociado con un tercero, carecía de todo valor la facultad que al librador le otorgaba el primitivo tenedor del mismo, para retirar la concerniente provisión de fondos; sobre todo, si se atiende a que las cuestiones relacionadas con la literalidad o la esencia de un documento de crédito, no pueden quedar sujetas a convenios privados que modifiquen la incondicionalidad del pago de que está provisto todo cheque.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298779-d72b8002/cheques-girados-sin-fondos-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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