ACUMULACION DE DELITOS (AUTO DE FORMAL PRISION).
Si sin lugar a dudas el auto de formal prisión se dictó por dos delitos, ejecutados en actos distintos y en fechas, lugares y bienes de personas diversas, aun cuando englobe ambas infracciones bajo la denominación genérica de un delito, la sentencia de primera instancia, confirmada íntegramente por la de segunda, apreció correctamente los hechos, al sancionar como delitos acumulados los dos diversos que cometió el ahora quejoso, si no hay dato alguno respecto a que el delito fuese cometido en forma continua por la unidad de intención del delincuente, y, por lo contrario, existen las circunstancias de que se cometieron los delitos en fechas, lugares y bienes de personas distintas, con absoluta autonomía entre si.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299155-2adc7aa6/acumulacion-de-delitos-auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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