CONCLUSIONES ACUSATORIAS DEL MINISTERIO PUBLICO.
Si el juzgador rebasó los límites de la acusación formulada por el Ministerio Público, es forzoso concluir en el sentido de amparar al demandante, para el solo efecto de que el tribunal de apelación dicte nueva sentencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299758-9c8992a6/conclusiones-acusatorias-del-ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 10254/49. Camarillo Serafín J. Félix. 8 de septiembre de 1950. Mayoría de cuatro votos, en cuanto a la parte resolutiva, y por mayoría de tres, en cuanto a la parte considerativa. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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