FRAUDE, DELITO DE.
Si el empleado de la compañía en cuyo nombre se hacía el pago, entregaba el monto del impuesto que adeudaba por medio de cheques otorgados en favor de la Tesorería General de la Federación, pero al entregar dicho empleado estos documentos a cambio del recibo falso que le daba el cajero acusado, no lo hacía porque sufriera un engaño en el sentido de que el recibo era bueno, sino porque iba a cumplir una obligación legal de la compañía de que se trata, no puede hablarse de fraude, ya que falta el elemento primordial de la existencia del engaño al sujeto pasivo del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300020-327f18f0/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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