INDEFENSION DEL REO.
Si aun cuando el reo se reservó nombrar defensor durante su preparatoria, ese nombramiento lo llevó a cabo dentro del periodo de instrucción, procede estimar satisfecha la garantía señalada por la fracción IX del artículo 20 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301079-f9011639/indefension-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3857/47. Cosme Galicia Sebastián. 23 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- DEFENSOR, DEBE ACEPTARSE AL PROPUESTO POR EL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis