DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE.
La determinación de la pertenencia de la cosa destruida no es elemento integrante del delito de destrucción en propiedad ajena, siendo bastante para que se configure esta especie criminosa que, como lo exige la ley, se trate de una cosa no perteneciente al infractor, o de cosa propia en perjuicio de tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301217-54be087d/dano-en-propiedad-ajena-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5322/47. Ramos José Concepción y coaga. 4 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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