PERITOS, DICTAMENES DE LOS.
Si en un dictamen pericial aparece la firma de una sola persona, a pesar de que en su redacción se habla de "peritos" y no de un perito, ello, en último extremo, constituiría sólo una omisión que pudo subsanarse llamando a firmar el dictamen al perito que no lo hizo, pero en modo alguno quiere decir lo anterior, que el dictamen carezca de fuerza probatoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301510-bbde7cc4/peritos-dictamenes-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6336/46. Contreras Ruelas Antonio. 29 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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