LEGITIMA DEFENSA.
Si el acusado obró en defensa de su persona, repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho y de la que resultaba un peligro inminente para su vida, sin que haya mediado el hecho de que él provocara esa agresión ni haya dado causa inmediata y suficiente para ella, porque su enemigo lo atrajo con engaños a un lugar propicio para no ser vistos e intempestivamente lo atacó y lo derribó, sin que haya podido fácilmente evitar esa agresión; debe aceptarse que obró en legítima defensa, al causarle las lesiones que lo privaron de la vida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301639-ccc82dac/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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