DESPOJO, PRESCRIPCION EN CASO DE.
No es prueba de la continuidad del hecho delictuoso el que el denunciante no esté en posesión del inmueble, ya que ello pudo ser por causas distintas a los actos de la acusada, si aparte del realizado por ella, en un principio y que dio lugar a la denuncia del delito de despojo, no existe prueba de que haya efectuado otros con posterioridad. Por lo tanto, si no existe prueba de que los actos realizados por ésta, se hayan prolongado en forma tal, que constituyen la comisión de un delito continuo, esta circunstancia no debe tomarse en cuenta para conmutar el término de la prescripción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301735-ff9d8a37/despojo-prescripcion-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPOJO. (s/clave)
- DESPOJO (PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL).- (1111)
- DESPOJO. (s/clave)
- DESPOJO, DELITO DE. (s/clave)
- DESPOJO, DENUNCIA DE ACTOS DIVERSOS INTEGRANTES DE. (s/clave)
- DESPOJO, DENUNCIA DE ACTOS DIVERSOS INTEGRANTES DE.- (1106)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis