AUTO DE FORMAL PRISION (CONCEPTOS DE VIOLACION).
Aunque el Juez de Distrito en su resolución, no se refiera en forma expresa, a los conceptos de violación de garantías hechos valer en la demanda, implícitamente se ocupa de ellos al establecer que el auto de formal prisión reclamado no viola las garantías constitucionales del quejoso, por satisfacerse en el caso, los requisitos esenciales del artículo 19 constitucional; y si tal apreciación del inferior es correcta, cabe confirmar el fallo recurrido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301962-7dbc1f3f/auto-de-formal-prision-conceptos-de-violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2041/48. Reding Ayala Héctor. 3 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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