RIÑA, APRECIACION DE LA (HOMICIDIO).
Si se tomó en cuenta el sentido de la acusación que el Juez no quiso rebasar, considerándose el homicidio como cometido en riña por el agredido, e indiscutiblemente fue un homicidio simple, se tendrá que concluir, que el fallo combatido, para beneficiar al quejoso, no puede violar sus garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301981-f712b3bc/rina-apreciacion-de-la-homicidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8663/47. Palma Mejía Martín. 9 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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