Corpus
Modo: Corpus Pro

MENORES DELINCUENTES, DETERMINACION DE SU EDAD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 302173 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1786

Si en un primer examen médico que se le hizo al reo, se determinó que era menor de dieciséis años, y posteriormente, en diverso examen, se llegó a la conclusión opuesta, como en materia penal debe estarse siempre a lo mas favorable al reo, debe admitirse que en la fecha del primer examen era menor de dieciséis años; por lo tanto, al declarársele responsable penalmente, previa la tramitación del proceso que se le siguió en sus dos instancias, como si se tratara de un individuo mayor de dieciséis años de edad, se vulneró con ello, en su perjuicio, la garantía consagrada por el artículo 14 constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302173-9420d9e1/menores-delincuentes-determinacion-de-su-edad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 7634/46. Arellano José. 17 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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