Corpus
Modo: Corpus Pro

COPIAS CERTIFICADAS EN AMPAROS INDIRECTOS, CAUSAN EL IMPUESTO DEL TIMBRE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 302320 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 673

El artículo 165 de la Ley de Amparo, que establece que las copias certificadas que se expidan para la sustanciación de un juicio de amparo, proveído directamente ante la Corte, no causarán el impuesto del timbre, no puede aplicarse, por analogía, al caso de un amparo ante un Juez de Distrito, puesto que se trata de un caso de excepción de aquel en que, conforme a la Ley del Timbre, no se causa el impuesto correspondiente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302320-82f3a279/copias-certificadas-en-amparos-indirectos-causan-el-impuesto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo penal 428/47. Huerta Francisco J. 24 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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