ORDEN DE APREHENSION.
Al iniciarse un proceso, no es pertinente entrar al examen de la mayor o menor credibilidad de los testimonios en acervo, ni tienen importancia tales testimonios, por defectuosos que sean, cuando hay otros elementos que son bastantes a hacer probable la responsabilidad de quienes son el objeto de una orden de detención.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302699-0b720f0d/orden-de-aprehension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 9111/45. Zempoaltecatl Ramón y coags. 8 de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS). (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS EN EL PROCESO). (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis