LEYES DE EMERGENCIA.
Basta que los actos que se reclamen se hagan derivar de la aplicación de las leyes de emergencia, y que exista cierta correlación entre las disposiciones de esas leyes, y los actos que motivan la queja, para que el juicio constitucional sea improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303231-b6e78f25/leyes-de-emergencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8597/44. Hernández Pacheco Herminio. 19 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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