COACUSADO, VALOR DE SU DICHO (ORDEN DE APREHENSION).
Es insuficiente por sí sola para hacer probable la responsabilidad del quejoso, en la comisión del delito que se le atribuye, una declaración que previene el principal acusado en el delito y se encamina a desviar la propia responsabilidad de éste hacia el quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303340-2b789479/coacusado-valor-de-su-dicho-orden-de-aprehension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 9574/45. Calderón M. Vicente. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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