LESIONES, DELITO DE (AUTO DE FORMAL PRISION).
Tratándose del delito de lesiones, basta la imputación de la parte, unida a la comprobación material de la existencia de las heridas que presente, no sólo para ordenar la aprehensión del acusado, sino hasta fundar es esos elementos el auto de formal prisión correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303406-1d97ea95/lesiones-delito-de-auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8531/46. Vallejo López Gregorio. 6 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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