PENAS, LEYES NUEVAS PARA APLICACION DE LAS (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).
En el artículo 2o. transitorio del Decreto número treinta, de tres de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, que puso en vigor el actual Código Penal del Estado de Aguascalientes, se previene que en la ley punitiva anterior continuaría aplicándose por los hechos ejecutados durante su vigencia, a menos que los acusados manifestaran su voluntad de acogerse el código que estimaran más favorable, y en la especie, no consta que el reo hubiera hecho esa manifestación, si solamente su defensor, al formular la conclusiones que le correspondían, pidió que se le aplicara el nuevo código.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303946-0b390d14/penas-leyes-nuevas-para-aplicacion-de-las-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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