Corpus
Modo: Corpus Pro

VENTAJA, CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DE JALISCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 304085 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2610

No es aplicable la fracción II del artículo 283 del Código Penal de Jalisco, en su último párrafo, si dada el arma que el herido empleó, no puede admitirse que resultara superior al ofendido, por el uso de la misma, ni se demostró tampoco que tuviera mayor destreza que el ofendido, en el manejo de dicha arma, y el acusado iba solo, y el ofendido estaba acompañado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304085-c5a233f1/ventaja-calificativa-de-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 4756/45. Serrano García Arturo. 6 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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