PRUEBA PRESUNTIVA.
Las presunciones o indicios son las circunstancias y antecedentes que, teniendo relación con el delito, pueden razonablemente fundar una opinión sobre la existencia de los hechos determinados; y el Código de Procedimientos Penales, en su artículo relativo, establece que los tribunales, según la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos y el enlace que exista entre la verdad conocida y la que se busca, debe apreciar el valor de las presunciones. De lo anterior se desprende que la prueba presuncional implica la concatenación de varios hechos probados, antecedentes y subsecuentes, que se relacionan íntimamente entre sí, conduciendo lógicamente a considerar que el inculpado y no otro fue el autor del acto incriminado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304093-fd77a9ab/prueba-presuntiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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