CONDENA CONDICIONAL.
Se justifica el que la autoridad responsable no haya otorgado al reo el beneficio de la condena condicional, si no existe prueba de su positiva buena conducta anterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304123-c53679b2/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4605/46. Rodríguez Miranda José. 23 de septiembre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Teófilo Ortiz y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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