APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el defensor del reo no sólo recurrió la sentencia de primera instancia en la parte relativa a la pena impuesta, aunque al dictarse el auto de admisión del recurso, se haya expresado que el interpuesto por el acusado se admitía en cuanto al correspondiente punto resolutivo de la sentencia, es evidente que si ello fue un simple error, no debió afectar la forma y procedencia del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304785-3c22986b/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7234/45. Pérez Magaña Apolonio y coags. 5 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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