Corpus
Modo: Corpus Pro

COPIAS CERTIFICADAS, CUANDO NO CAUSAN EL IMPUESTO DEL TIMBRE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 305029 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2063

Las copias certificadas de actuaciones penales que se expiden a petición de los procesados o de los defensores, para interponer amparo, o en cualquier otro caso, no causan el impuesto del timbre, en virtud de quedar expresamente comprendidas en el inciso b) de la fracción XXIII de la Tarifa de la Ley Federal del Timbre.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305029-9ce017a1/copias-certificadas-cuando-no-causan-el-impuesto-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 4047/45. Montes Guillén Eliseo. 10 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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