INDEFENSION DEL REO.
Si no se dictó auto de sujeción al proceso contra el reo, ni se le nombró defensor de oficio, al no haber designado aquél persona que se encargara de su defensa y se dictó la sentencia inmediatamente después de haberle tomado a dicho reo su declaración preparatoria, sin oírlo en defensa, es procedente que se otorgue la protección federal, para el efecto de que el Juez responsable reponga el procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305355-baecb67a/indefension-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1986/45. González Luna J. Cruz. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INDEFENSIÓN DEL REO.- (1530)
- DEFENSA DEL REO.- (920)
- DEFENSA DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
- INDEFENSION DEL REO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis