Corpus
Modo: Corpus Pro

RAPTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE YUCATAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 305393 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 215

El artículo 255 del Código de Defensa Social de Yucatán, previene en forma expresa que, por el solo hecho de no haber cumplido quince años la mujer raptada, que voluntariamente sigue a su raptor, se presume que éste empleó la seducción; y el artículo 253 del propio ordenamiento, prescribe que comete tal infracción el que se apodera de una mujer por medio de la seducción, bien para satisfacer algún deseo erótico sexual o para casarse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305393-46831cd8/rapto-legislacion-del-estado-de-yucatan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 5964/44. Uribia Palomino Rubén. 6 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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