DESTRUCCION EN PROPIEDAD AJENA.
Si la autoridad responsable dio fe del semoviente muerto y de que el cadáver de dicho animal presentaba un orificio producido, al parecer, por arma de fuego y consta asimismo, el dicho del dueño del animal, a quien el acusado manifestó haber sido el autor del daño y el de un testigo auricular que corrobora lo anterior y el acusado admitió haber estado en el lugar de los hechos, y, asimismo consta el testimonio de un agente de la policía que intervino en la práctica de las primeras diligencias, y quien recibió de un hijo del acusado, una declaración que hace sospechar que aquél fue el autor del daño, la sentencia que lo condena no puede considerarse violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305495-794d4fcd/destruccion-en-propiedad-ajena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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