VIOLENCIAS A LOS PROCESADOS.
Si el procesado alega que se le arrancó la confesión por medio de la violencia, para comprobarla, no es suficiente la fe judicial de que el detenido presenta algunas ligeras lesiones, ni lo que afirman los médicos oficiales en el mismo sentido, pues esas constancias no son bastantes para considerar que efectivamente el acusado fue sometido a torturas de carácter físico, para arrancarle una confesión de hechos que no había cometido, tanto más, si dicha confesión se encuentra corroborada por las declaraciones de los coacusados, de las cuales de desprende su culpabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306730-e2008711/violencias-a-los-procesados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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