CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DE COAHUILA).
Aun cuando la ley aplicable establezca el beneficio de la condena condicional cuando la pena no excede de dos años, debe tenerse en cuenta que no es éste el único requisito que se tiene que llenar, puesto que además de la buena conducta del reo, debe concurrir el que tenga trabajo honesto, según lo previene el artículo 87 del Código Penal de Coahuila, y si ninguna de estas dos condiciones se demostró en autos, aunque haya existido la posibilidad de otorgar el beneficio por la cuantía de la pena, la ausencia de los demás requisitos la hace improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306980-dd140078/condena-condicional-legislacion-de-coahuila · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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