FIANZA EN EL PROCESO PENAL.
Si la fianza otorgada en un proceso penal ya no está en vigor, el acto consistente en hacerla efectiva, además de ser inminente, puede causar al quejoso un perjuicio de difícil reparación, por lo que es de concederse la suspensión para que no se haga efectiva esa garantía, mientras se falla el principal del asunto, sin perjuicio de que la autoridad responsable pueda, por medio de la policía, hacer comparecer al acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307561-f57c4b1e/fianza-en-el-proceso-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidetne de suspensión 2140/43. Ortiz F. José D. 19 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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