SUSPENSION, FIANZA PARA LA.
Cuando se interpone amparo directo contra una sentencia civil condenatoria, y ésta deja de ejecutarse en virtud de que se concede la suspensión y se otorga una fianza para garantizar las prestaciones o la parte relativa de esas prestaciones, para hacer efectivo el pago de la fianza basta demostrar los extremos siguientes: a) Que exista un fallo condenatorio; b) Que se conceda la suspensión del mismo; c) Que se otorgue fianza para que surta efectos tal suspensión, y d) Que con la suspensión se hayan causado daños y perjuicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241569-3ad1f11e/suspension-fianza-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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