OFENDIDO, VALOR PROBATORIO DEL DICHO DEL.
La declaración del ofendido, sobre todo, en delitos que dejan huella material de su perpetración, produce un elemento de convicción de mucha entidad, si se tiene en cuenta que la víctima tiene interés en que se castigue a la persona que realmente le causó el daño y no a otra distinta, elemento de convicción tanto más fuerte si a él se añade la apreciación judicial y médico legal de las heridas, por lo que el Juez estima que hay datos bastantes para hacer probable la responsabilidad criminal del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308016-10afe857/ofendido-valor-probatorio-del-dicho-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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