ROBO EN LUGAR CERRADO.
Si para comprobar esta calificativa, no hay datos bastantes que precisen que el robo se cometió en lugar cerrado, y no obstante se agravó la pena, es procedente conceder el amparo, para el efecto de que se dicte nueva sentencia en que se imponga al acusado la pena que corresponda, sin considerar esa calificativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308021-2bb8171c/robo-en-lugar-cerrado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6061/42. Martínez Cipriano y coagraviado. 17 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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