POSESION, PRUEBA DE LA, POR MEDIO DE INSPECCION JUDICIAL.
Si un Juez de Distrito desecha la prueba de inspección, sosteniendo que no es éste el medio adecuado para probar la posesión, indudablemente que obra erróneamente, ya que perfectamente se puede probar la posesión por medio de la inspección judicial, tanto más, cuanto que es uno de los medios de prueba establecidos por la ley, y que se debe admitir en el incidente de suspensión, por lo que en el caso debe ordenarse al inferior, reciba esa prueba, y en vista de su resultado pronuncie nueva sentencia tomándola en consideración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308468-fbfb2633/posesion-prueba-de-la-por-medio-de-inspeccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- POSESION. NO PUEDE PROBARSE POR LA INSPECCION JUDICIAL. (907)
- POSESION. NO PUEDE PROBARSE POR LA INSPECCION JUDICIAL. (VI.1o. J/75)
- POSESION, PRUEBA DE LA (INSPECCION JUDICIAL). (s/clave)
- POSESION, PRUEBA DE LA, EN LOS INCIDENTES DE SUSPENSION. (s/clave)
- DESPOJO. PRUEBA DE LA POSESION. (s/clave)
- POSESION, PRUEBA DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis