INFORME, INCERTIDUMBRE DE SI ES PREVIO O JUSTIFICADO.
Si una de las autoridades responsables expresa que "rinde información solicitada en el juicio de amparo ... promovido por ... ", sin decir si es el informe previo o justificado, y en la copia certificada de ese informe, no se inserta la constancia de la fecha de presentación en el juzgado respectivo, por lo que no se puede saber si efectivamente lo fue antes de la audiencia del incidente de suspensión, y si el Juez de Distrito, según se desprende de su sentencia, no lo tuvo a la vista, no es posible saber la fecha en que fue presentada, y por tanto, si debe tenerse, o no, como cierto el acto reclamado; por lo que debe estarse a la presunción de que, por falta de informe rendido con oportunidad, debe considerarse cierto el acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308744-6954028b/informe-incertidumbre-de-si-es-previo-o-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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