Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CICATRICES VISIBLES, CAUSADAS POR LESIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 308937 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2556

Los tribunales están obligados a dar fe si las cicatrices producidas por las lesiones, presentan deformidad notable cuando se hallan en parte visible; ya que tal hecho es susceptible de caer bajo el dominio de los sentidos y no se necesitan conocimientos técnicos para conocer de si existe ese requisito legal; de modo que cuando dichas autoridades omiten asentar certificación al respecto, tal circunstancia beneficia a los procesados; ya que la omisión de esa diligencia implica que las lesiones no dejan cicatriz perpetua y notable en parte visible; por lo que procede conceder el amparo contra la sentencia que imponga pena considerando aquella característica, para el efecto de que se imponga la sanción que se estime justa, según las circunstancias del caso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308937-494473d4/cicatrices-visibles-causadas-por-lesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXX, página 5010. Indice Alfabético. Amparo directo 4125/41. Rincón Hernández Octavio. 27 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Ponente: Fernando de la Fuente. Tomo LXX, página 2556. Amparo penal directo 3670/41. Mazón Octavio. 12 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Fernando de la Fuente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis