CICATRICES NOTABLES.
Los Jueces y tribunales están obligados a dar fe de si las cicatrices producidas por las lesiones, son notables en parte visible, ya que tal hecho es susceptible de caer bajo el dominio de los sentidos y no se necesitan conocimientos técnicos para llenar ese requisito legal, de suerte que si dichas autoridades dejan de asentar en los autos del proceso, certificación al respecto, esta omisión favorece al reo, debiendo concederse la protección federal contra la sentencia que le imponga la pena por el delito de lesiones, en que concurran las características anotadas, para el efecto de que se dicte nueva sentencia, en la que se imponga la sanción que se estime justa, sin tener en cuenta aquellas circunstancias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308808-5a162248/cicatrices-notables · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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