ORDEN DE APREHENSION.
Es violatoria de garantías la orden de aprehensión dictada por la autoridad judicial, cuando se trata de la ejecución de una sentencia civil, porque esa ejecución debe efectuarse de acuerdo con lo ordenado en el Código de Procedimientos Civiles respectivo, o sea despachando mandamiento de ejecución, sirviendo de título la sentencia que trata de ejecutarse, para que se requiera de pago a la persona condenada o, en su defecto se le embarguen bienes suficientes, pero no puede ordenarse su aprehensión que sólo procederá como medida de apremio, pues de lo contrario el acto se traduciría en prisión por deudas de carácter civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309004-be8d7f0b/orden-de-aprehension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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