MIEDO GRAVE, EXCULPANTE DE.
Para que exista la exculpante de miedo grave, se requiere que la causa determinante de la emoción de miedo, revista tal gravedad e inminencia, que haga perder al agente la conciencia de sus actos y el control de su voluntad, dados el tiempo transcurrido entre la amenaza de muerte proferida y el momento y ocasión de que se valió el inculpado, para cometer la infracción, si en ese lapso estuvo en posibilidad física de obrar sin violar la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309415-681e42ed/miedo-grave-exculpante-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3844/39. Ortiz Castellanos Antonio. 12 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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