PRUEBA EN MATERIA PENAL, ESTIMACION DE LA.
La Suprema Corte ha establecido jurisprudencia, en el sentido de que las autoridades judiciales son soberanas para apreciar las pruebas que aparezcan en cada caso concreto que se someta a su decisión, sin más limitaciones para ello, que las de ajustarse a las constancias de los expedientes respectivos, a las reglas legales que rigen la prueba en materia criminal y a los principios de la lógica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309474-c2f818de/prueba-en-materia-penal-estimacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7847/39. Lemberger Abraham. 7 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Caballero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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