AUTO DE FORMAL PRISION, NO PROCEDE LA EXCARCELACION DEL ACUSADO, SI DE CONCEDE EL AMPARO CONTRA EL, POR VICIOS DE FORMA.
Si se concede la protección constitucional contra un auto de formal prisión, para el efecto de que se dicte nuevo auto, llenando los requisitos de forma establecidos por el artículo 19 constitucional, es decir, para que se exprese el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, no procede la excarcelación del acusado, ya que no hay motivo para concederle su libertad, si en el auto existen los requisitos de fondo señalados por el precepto constitucional mencionado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310336-22356683/auto-de-formal-prision-no-procede-la-excarcelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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