PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
En la calificativa de premeditación concurren un elemento, la anterioridad, computable en razón del tiempo, y otro, la reflexión, perteneciente al orden interno del sujeto activo; elementos que son inseparables. No será, pues, suficiente la demostración de que el delito se efectuó después de cierto tiempo de que el agente lo resolvió, sino que es menester que haya habido cálculo mental, deliberación propiamente dicha.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310515-3f3ffe92/premeditacion-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4338/37. Garrido Agustín Albino. 8 de enero de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE. (s/clave)
- PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE. (s/clave)
- PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE. (s/clave)
- PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE. (s/clave)
- PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE. (s/clave)
- PREMEDITACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis