VENTAJA, CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
Conforme a la fracción III del artículo 517 del Código Penal del Estado de México, existe la calificativa de ventaja, si el acusado se aprovecha de la obscuridad y hace fuego por la espalda de su víctima, estando oculto, puesto que aquélla no tuvo oportunidad de defenderse, aun suponiendo que se hubiera encontrado armada, porque no pudo ver de dónde procedía el ataque, y el acusado no corrió riesgo alguno de ser muerto o herido por el ofendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310966-c0dd46bd/ventaja-calificativa-de-legislacion-del-estado-de-mexico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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