CONFESION DEL COACUSADO.
La declaración del coacusado no puede desvirtuar el valor probatorio de la confesión rendida por otro de los coacusados, por proceder la primera, de un presunto responsable de los hechos y no poder considerársele como testigo imparcial de aquéllos, ya que tiene interés directo en el asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311589-d70b9972/confesion-del-coacusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 203/34. Sánchez Martín. 4 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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