APRECIACION DE PRUEBAS EN MATERIA PENAL.
Las autoridades judiciales son soberanas para apreciar las pruebas, sin más limitaciones que cumplir las reglas tutelares que rigen la materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311780-4a05b29d/apreciacion-de-pruebas-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2572/34. Xolalpa Páez Juan. 6 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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