PRUEBAS, EN MATERIA PENAL, APRECIACION DE LAS.
Las autoridades judiciales son soberanas para apreciar las pruebas que aparezcan en cada caso concreto que se someta a su decisión, dentro de las normas legales relativas, y sin más limitación para ello, que las que indiquen las constancias de los propios autos y los principios de la lógica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309414-91c89a38/pruebas-en-materia-penal-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7952/39. Márquez Gumersindo. 10 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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