EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD.
Si aparece probado que el agente de un delito es afecto a consumir bebidas embriagantes, no puede alegar después, como excluyente de responsabilidad, el haberlas ingerido involuntariamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312189-2c345295/embriaguez-como-excluyente-de-responsabilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4542/32. Soberanes Gutiérrez Pedro. 19 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José Ortiz Tirado estuvo ausente por habérsele admitido la excusa que propuso para conocer de este asunto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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