PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL, ESTIMACION DE LA.
De acuerdo con el artículo 254 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, la fuerza probatoria de todo juicio pericial, aun de los dictámenes de peritos científicos, será calificada por el Juez o tribunal, según las circunstancias; disposición legal que autoriza a aquéllos para no sujetarse a tales dictámenes, aun cuando sean presentados por personas que tengan conocimientos científicos o artísticos, sino cuando estén de acuerdo con la constancias de autos; y, por tanto, si se desestima la prueba de que se trata, no se viola el artículo 14 constitucional, puesto que no se infringieron las normas que regulan la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312726-daf5071a/prueba-pericial-en-materia-penal-estimacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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