Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 312946 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1264

Si en un proceso existen seis testigos de descargo y dos de cargo, de acuerdo con el artículo 259 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, debe decidirse de conformidad con lo que declare la mayoría, con tanta más razón, si obra la circunstancia de que en los testigos de descargo haya motivos de confianza y no así en los de cargo, y porque, además, de no aceptarse ese criterio, se conculcarían las reglas tutelares de la apreciación de la prueba testimonial. En esa virtud, si se funda una sentencia condenatoria en contra de un procesado, en las referidas declaraciones de esos testigos de cargo, se infringen preceptos terminantes de la ley procesal penal y, consiguientemente, se viola la garantía que otorga el artículo 14 constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312946-26793033/prueba-testimonial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 5401/33. López Gómez Antonio. 6 de junio de 1934. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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